jueves, 21 de abril de 2022

HERMENÉUTICA JURÍDICA. RETO 3

 Nombre de la alumna: Claudia Patricia Barrios Reynosa.

Matrícula: 21029697 

Nombre del reto: Reto 3. Métodos de interpretación.

Nombre del módulo: Hermenéutica Jurídica V2.

Licenciatura en Derecho.

Nombre del asesor educativo: Dr. Filiberto Eduardo Manrique Molina.

Nombre de la institución: Universidad Virtual del Estado de Guanajuato (UVEG).

Fecha de entrega: 13 de febrero de 2022.   


Parte 1. Responde las siguientes preguntas que se te presentan:

  1. ¿Qué se entiende por Interpretación? 

Según la Real Academia Española (2021), significa “explicar o dar sentido de algo, y principalmente el de un texto”.

En el ámbito jurídico es dar significado a un enunciado normativo que ya se encuentra plasmado en la ley, la expresión que le damos a estos enunciados normativos puede encontrarse en palabras habladas o en signos de otras especies (señales de tránsito, no fumar, prohibido estacionarse etc.) Lo que se interpreta de los símbolos (signos) es el significado que se le da en un contexto específico. 

  1. ¿Cuáles son las diferencias entre Métodos para interpretar y las técnicas de interpretación? 

El método es una serie de pasos que deben seguirse de manera estricta y secuencial para llegar a un fin propuesto ya que de no seguirse al pie de la letra nuestro resultado será diferente. Por otro lado, la técnica son las herramientas que se utilizan para poder realizar el método, sin embargo, debemos de escoger las adecuadas para hacerlo de manera eficiente sin desviarnos de nuestro objetivo.

  1. ¿Cuáles son los métodos de interpretación jurídica más utilizados? 

  • Gramatical: Consiste en encontrar el significado literal de las palabras que utilizó el legislador para comunicar su pensamiento apoyándose de las reglas gramaticales del lenguaje, cabe mencionar que se utiliza un lenguaje general ya que estas normas jurídicas también deben ser entendidas por la población general.


  • Histórica: Aquí nos centramos en el por qué se creó la norma, estudiando su contexto histórico que influyó en su promulgación.


  • Lógico: Se interpreta la Ley de acuerdo a la razón siguiendo un orden que se apegue a la lógica formal.


  • Sistemático: Consiste en extraer un enunciado de la norma jurídica que se apegue al ordenamiento que pertenece ya que requiere tener vínculo con el resto de las normas porque forman parte de un todo y se complementan unas a otras en caso de ser requerido.


  • Teleológico: Se tiene que descubrir cual es la finalidad de la norma, además de estar ligado a una realidad conocida para que se cumpla su propósito. 


  • Genético: Se busca cuales fueron las causas de la creación de las normas, puede ser para regular conflictos de una comunidad.


  • Acorde al uso alternativo del derecho: Busca la igualdad, protegiendo a los sujetos que se encuentran en desventaja.


  • Analogía: Se da cuando hay un conflicto que no se encuentra previsto en la Ley, la forma de resolverlo es buscando un caso que se asemeje con el actual.


  1. ¿Existe algún otro método de interpretación jurídica aparte de las que se mencionan en el curso?

Sí, por ejemplo:

  • Analítico: Consiste en descomponer sus elementos con el fin de analizar su causa, naturaleza y efectos de un hecho.

  • Dogmático: Se encarga de estudiar el ordenamiento jurídico para poder mejorarlo.

Parte 2. Ejemplificación.

Ejemplo 1: “Aclarar reclasificación de delitos contra las mujeres”. 

Link a la noticia: https://www.diariojuridico.com/mexico-aclarar-reclasificacion-de-delitos-contra-las-mujeres/ 

La Cámara de Senadores le pidió al Fiscal General de Guanajuato un informe sobre la forma en que proceden ante delitos de índole penal en contra de las mujeres, esto surgió debido a un delito de violación en el cual se pretende evitar la evasión del país por parte del demandado. De igual manera, se le solicitó al Fiscal actúen con perspectiva de género ya que en todo momento se debe proteger a la víctima, se le permita tener acceso a las victimas a la carpeta de investigación que generen y sean tratadas de manera respetuosa ya que muchas veces sucede lo contrario.

Como podemos observar esta noticia se puede interpretar desde el método teleológico ya que este busca la finalidad de la creación de la norma y se encuentra ligado a la realidad que vivimos en todo el país respecto a la violencia contra las mujeres, de igual manera se interpreta desde el método acorde al uso alternativo del derecho cuya finalidad es buscar la igualdad entre hombres y mujeres. En este caso se puede observar que la finalidad es proteger a la victima y que se le dé un trato digno, desde mi punto de vista es correcta esta interpretación porque es lo que vivimos en la actualidad y se debe proteger nuestras garantías individuales que se encuentran plasmadas en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Ejemplo 2: México se pinta de arcoíris: estas son las entidades que ya aprobaron el matrimonio igualitario.

Link a la noticia: https://www.elfinanciero.com.mx/nacional/2021/09/23/mexico-se-pinta-de-arcoiris-estos-son-los-estados-que-ya-aprobaron-el-matrimonio-igualitario/ 

Recientemente el Congreso de Zacatecas aprobó el matrimonio igualitario con el cual ya son 25 entidades que lo permiten a excepción de las entidades federativas: Durango, Guanajuato, Guerrero, Tabasco, Veracruz, Tamaulipas y Estado de México. 

Puede ser interpretada por medio del método teleológico ya que se creó la norma porque la Suprema Corte de Justicia de la Nación dijo “es discriminatorio y anticonstitucional no validar dichas uniones y solo reconocer el matrimonio tradicional entre un hombre y una mujer”. De igual manera se puede interpretar por medio del método genético ya que se han suscitado casos en los que las parejas deben recurrir a amparos para poder unirse en matrimonio y esto genera conflictos sociales. 

Desde mi perspectiva es correcta esta interpretación y los métodos que se utilizan ya que se debe buscar la causa para poder solucionar los conflictos sin alterar la paz entre la sociedad y todos somos libres de amar sin ser juzgados por la elección que hagamos.

Ejemplo 3: Mapa del maltrato animal en México; ¿qué estados lo tipifican como delito?

Link a la noticia: https://www.excelsior.com.mx/nacional/mapa-maltrato-animal-mexico-estados-tipifican-delito/1491144 

El maltrato animal es considerado un comportamiento irracional ejercido por una persona hacia un animal este abarca desde maltrato físico hasta no brindarles un espacio en el cual puedan estar libres es por esta razón que se encuentra sancionado en el código penal en varios estados de la República a excepción de los estados de: Chiapas, Guerrero, Tabasco y Tlaxcala.

Esta noticia se puede interpretar desde el método teleológico ya que se busca el respeto por los animales ya que ellos también sienten, pero no puedo expresarlo por si mismos; de igual manera se puede interpretar desde el método genético ya que se crearon estas normas por la crueldad hacia los animales que vivimos en toda la República Mexicana y que día con día se expone a través de redes sociales.

Conclusión

Considero que es muy importante saber interpretar las leyes para poder solucionar los conflictos que surgen en la sociedad, además, es de suma importancia poder reconocer los métodos ya que con ellos podremos entender la razón por la que se crean las normas jurídicas.

En los ejemplos anteriores vimos que falta mucho por hacer, por ejemplo, la mujer debe ser tratada de manera digna y respetuosa ante cualquier situación jurídica ya que muchas veces por el mal trato que se les da no quieren acudir a denunciar cuando algo les sucede, también es importante respetar y cuidar a los animales ya que son seres vivos que sienten pero no se pueden expresar con palabras así que como sociedad debemos cuidar de ellos y que se les respete. Por último, tenemos el matrimonio igualitario y ya debemos ser más abiertos y no juzgar el concepto de amor y matrimonio que tienen las demás personas ya que muchas veces por temor a ser juzgados callan su orientación sexual.

Este trabajo de interpretar es de la sociedad en general, pero en el ámbito jurídico le corresponde a jueces y magistrados ya que ellos son los que les dan un sentido a las leyes, esperemos que con el tiempo esto se valla mejorando y se aplique en todo el país pero que todas las entidades federativas lo respeten y plasmen en sus diversos Códigos para tener una mejor convivencia entre la sociedad.

Fuentes de referencia

Real Academia de la Lengua Española. (s.f.) Interpretar. En Diccionario de La Lengua Española (23 ͣ ed.). Recuperado de https://dle.rae.es/interpretar?m=form 

Máynez, E. (2002). Introducción al Estudio del Derecho. (53a. ed.). (pp. 326-347). Ciudad de México, México: Editorial Porrua. [Versión en línea]. Recuperado de https://clea.edu.mx/biblioteca/files/original/7b4d486d917ba42ff21a36b27b0b41cc.pdf 

Galindo, I. (2006) Interpretación e Integración de la Ley. (1 ͣ ed.) (pp. 1-6). Ciudad de México. México: Editorial Estampa Artes Gráficas. [Versión en línea]. Recuperado de https://archivos.juridicas.unam.mx/www/bjv/libros/9/4162/2.pdf 

Islas, S. (s.f.) La Interpretación y la Hermenéutica del Derecho. Ciudad de México, México. [Versión en línea]. Recuperado de http://coordinacioneditorialfacultadderecho.com/assets/la-interpretacion_y_la_hermeneutica_del_derecho.pdf 

Guastini, R. (2015) Interpretación y Construcción Jurídica. (43 ͣ ed.) (pp. 11-13) [Versión en línea]. Recuperado de http://www.scielo.org.mx/pdf/is/n43/n43a2.pdf 

Anchondo, V. E. (s.f.) Métodos de Interpretación Jurídica. Universidad Nacional Autónoma de México. Ciudad de México, México. [Versión en línea] Recuperado de http://historico.juridicas.unam.mx/publica/librev/rev/qdiuris/cont/16/cnt/cnt4.pdf 


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